(1) ¡Profeta! Cuando divorciéis a las mujeres, hacedlo de manera que estén en disposición de empezar su período de espera*.Guardad el período de espera y temed a Allah, vuestro Señor.No las hagáis salir de sus casas ni tampoco salgan ellas, a menos que hayan cometido una indecencia evidente.Estos son los límites de Allah; quien traspase los límites de Allah, habrá sido injusto consigo mismo. Tú no sabes si Allah dispondrá otra cosa después.
(2) Y cuando hayan alcanzado su periodo de espera, o bien os quedáis con ellas como es debido u os separáis de ellas como es debido*. Y haced que dos de vosotros, que sean rectos, sean testigos. Cumplid el testimonio por Allah.A eso se exhorta a quien crea en Allah y en el Último Día.Y quien teme a Allah, Él le da una salida.
(3) Y le provee desde donde no lo espera. Quien se abandone en Allah, Él le bastará.Es cierto que la orden de Allah llega hasta donde Él quiere.Allah le ha dado a cada cosa un término y una medida.
(4) Y aquellas de vuestras mujeres que hayan llegado a la menopausia, si dudáis de su período de espera, éste son tres meses; así como para la que aún no haya tenido la menstruación.Y las que estén embarazadas, su período de espera será hasta que den a luz.Quien teme a Allah, Él le dará facilidad en lo suyo.
(5) Ese es Su mandato, el que Allah ha hecho descender para vosotros. Y quien tema a Allah, Él le cubrirá sus maldades y le aumentará su recompensa.